El argumento de la imparcialidad
Dozens of chickens stacked on top of each other in small cages

El argumento de la imparcialidad

El argumento de la imparcialidad declara que el especismo es incompatible con la justicia. Puede ser presentado en contra de cualquier tipo de posición que mantenga que es justificado tratar a los animales no humanos peor que a los seres humanos. De acuerdo con el argumento de la imparcialidad, mantener dicha posición es una forma de discriminación.1

El argumento demuestra que las siguientes tres ideas no se pueden defender al mismo tiempo:

(1) Una decisión solamente puede ser justa si es decidida de una manera imparcial

(2) Si fuéramos discriminados como lo son los animales no humanos, lo encontraríamos inaceptable

(3) La discriminación en contra de los animales no humanos es aceptable

Es muy difícil rechazar la primera posición. Las consecuencias serían enormes, ya que iría en contra de lo que la mayoría de la gente considera que es el concepto básico de ética y justicia.

La segunda posición también es muy difícil de negar. Hay quienes, con la intención de negar que debemos respetar a los animales no humanos, defenderían la idea de que no debemos ser respetados si estuviéramos en su lugar. Pero esto es muy difícil de creer. Si analizamos la cuestión de manera sincera, resulta difícil rechazar la idea de que no querríamos que otros nos traten de la misma manera en que los seres humanos normalmente tratan a los animales no humanos (por ejemplo, al explotarlos, o al negarles ayuda).

Si aceptamos las primeras dos ideas arriba indicadas, no podemos defender la tercera posición. No podemos afirmar que la discriminación en contra de los animales no humanos es aceptable, porque esto causa una contradicción entre lo que pensamos que es justo en algunos casos, y lo que pensamos que es justo en otros casos (dependiendo solamente de si somos quienes sufrimos esa discriminación o no).

Sin embargo, muchas personas quieren sostener estas tres posiciones a la vez. Para tratar de evitar la contradicción que esto implica, hay quienes intentan defender que existen razones por las cuales, en el caso de que estuvieran en la posición de los demás animales, ellos no deben ser tratados de la manera en que los demás animales sí lo son. Por ejemplo, dicen que deben ser respetados por pertenecer a la especie humana, o porque poseen ciertas capacidades de las que otros animales carecen.

Sin embargo, dicha respuesta no es válida. Alguien que de verdad se ponga a sí mismo en el lugar de los demás no haría tal afirmación.

Otra manera de examinar la cuestión es imaginar una situación hipotética que nos ayude a pensar lo que resulta justo. Imaginemos que sabemos que vamos a nacer en el mundo, pero desconocemos el lugar que ocuparemos. Supongamos que no sabemos cuál sería nuestro sexo o especie, cuáles serían nuestras capacidades intelectuales, etc. Y supongamos que pudiéramos decidir, en ese estado previo al nacimiento, cuáles serían los principios morales y políticos del mundo.2

Este escenario imaginario es útil para pensar al respecto porque tiene que ver con la justicia de las condiciones. Y, en un caso como este, si actuáramos de acuerdo a la manera en que nos afectaría, defenderíamos la posición de que nadie debería sufrir ningún tipo de discriminación. Nos opondríamos a todo lo que pueda suponer una discriminación en nuestra contra por carecer de determinadas capacidades. También rechazaríamos la posición según la cual algunos deberían recibir más beneficios que otros simplemente por pertenecer a un grupo en particular.

Ser miembro de un cierto grupo es meramente un golpe de suerte. (Y es por esta razón, como se explica en Argumentos circulares, que defender el especismo con una base tan arbitraria no tiene justificación.) Si quienes defienden el especismo pertenecieran a una especie diferente, sufrirían los mismos daños que los animales no humanos sufren ahora.

Por lo tanto, en la situación descrita arriba, si de verdad fuéramos imparciales, la posibilidad de que naciéramos como animales no humanos significaría que escogeríamos una situación en la cual los intereses de los animales no humanos se protegieran de manera adecuada.3

En resumen, todo esto significa que, si consideramos esto de una manera imparcial, no aceptaríamos tratar a los animales no humanos peor que a los seres humanos. Por lo tanto, la posición según la cual los animales no humanos deben ser tratados peor que los seres humanos es injusta. Es una forma de discriminación.

La mayoría asumimos que situaciones en las cuales otros se beneficiarían de nuestro daño por un tratamiento desigual sería inaceptable. La imparcialidad significa que, en el caso opuesto, no podríamos aceptar una situación en la cual nos beneficiaríamos por el hecho de que otros sean dañados por un trato desigual. Esto demuestra que debemos escoger entre consistencia y discriminación, incluyendo el especismo. Si continuamos discriminando a los animales no humanos, no estamos manteniendo una posición justa y consistente, y, por lo tanto, moralmente aceptable.


Lecturas recomendadas

Baier, K. (1958) The moral point of view: A rational basis of ethics, Ithaca: Cornell University Press.

Barry, B. (1995) Justice as impartiality, Oxford: Oxford University Press.

Brandt, R. (1954) “The definition of an ‘ideal observer’ in ethics”, Philosophy and Phenomenological Research, 15, pp. 407-413.

Gert, B. (1995) “Moral impartiality”, Midwest Studies in Philosophy, 20, pp. 102-127.

Hare, R. M. (1981) Moral thinking, Oxford: Oxford University Press.

Harsanyi, J. C. (1977) Rational behavior and bargaining equilibrium in games and social situations, Cambridge: Cambridge University Press.

Henberg, M. C. (1978) “Impartiality”, Canadian Journal of Philosophy, 8, pp. 715-724.

Kekes, J. (1981) “Morality and impartiality”, American Philosophical Quarterly, 18, pp. 295-303.

Nagel, T. (1986) The view from nowhere, New York: Oxford University Press.

Nagel, T. (1996 [1991]) Igualdad y parcialidad: bases éticas de la teoría política, Barcelona: Paidós Ibérica.

Rawls, J. (2012 [2001]) Justicia como equidad, 3a ed., Madrid: Tecnos.

Sidgwick, H. (1907) The methods of ethics, 7th ed., London: Macmillan [referencia: 15 de abril de 2018].

Singer, P. (1972) “Famine, affluence, and morality”, Philosophy and Public Affairs, 1, pp. 229-243.

Teitelman, M. (1972) “The limits of individualism,” Journal of Philosophy, 69, pp. 545-556.

Wolf, S. (1992) “Morality and partiality”, Philosophical Perspectives, 6, pp. 243-259.


Notas

1 Lippert-Rasmussen, K. (2006) “Private discrimination: A prioritarian, desert-accommodating account”, San Diego Law Review, 43, pp. 817-856. Horta, O. (2010) “Discrimination in terms of moral exclusion”, Theoria: Swedish Journal of Philosophy, 76, pp. 346-364 [referencia: 13 de febrero de 2014].

2 El modelo en que se basa este argumento se presenta en Harsanyi, J. C. (1982) “Morality and the theory of rational behaviour”, en Sen, A. K. & Williams, B. A. O. (eds.) Utilitarianism and beyond, Cambridge: Cambridge University Press, pp. 39-62; así como en Brandt, R. B. (1979) A theory of the good and the right, Oxford: Clarendon. Sin embargo, su presentación más conocida se encuentra en Rawls, J. (1997 [1971]) Teoría de la justicia, 2a ed., Madrid: Fondo de Cultura Económica de España. Una versión alternativa puede verse también en Scanlon, T. M. (1998) What we owe to each other, Cambridge: Belknap.

3 Para la aplicación de este modelo a los animales no humanos, ver: VanDeVeer, D.(1979) “Of beasts, persons and the original position”, The Monist, 62, pp. 368-377; Rowlands, M. (2009 [1998]) Animal rights: Moral, theory and practice, 2nd ed., New York: Palgrave Macmillan. Un trabajo en el cual la idea según la cual las condiciones de justicia derivadas de una posición en la que examinamos la materia de manera imparcial no implica una consideración igualitaria de los animales no humanos es Nussbaum, M. C. (2007 [2006]) Las fronteras de la justicia: consideraciones sobre la exclusión, Barcelona: Paidós Ibérica. Otros trabajos en los que se defiende la idea de la justicia para los animales, pero sin una formulación como la presentada aquí, son Regan, T. & VanDeVeer, D. (eds.) (1982) And justice for all, Totowa: Rowan and Littlefield; Opotow, S. (1993) “Animals and the scope of justice”, Journal of Social Issues, 49, pp. 71-86. Ver también VanDeVeer, D. (1987) “Interspecific justice”, The Monist, 22, pp. 55-79.